El Transporte Internacional de Mercancías (carga) por Carretera, es regulado por la Decisión 399 - "Transporte Internacional de Mercancías por Carretera", marco normativo en transporte de los Paises Miembros de la Comunidad Andina. (Perú, Ecuador, Colombia y Bolivia).
Bajo este marco normativo el transportista en su país de origen, puede solicitar el Certificado de Idoneidad, que es el primer paso convertirse en un operador de transporte de carga internacional dentro de esta sub-región economica. Una vez obtenido su permiso originario, deberá gestionar en el país con el cual pretende realizar operaciones de transporte internacional, el Permiso de Prestación de Servicios (PPS) (Ver Requisitos para obtener el Permiso de Prestación de Servicios - PPS).
Condiciones y/o requisitos para constituirse como operador de transporte internacional de mercancías por carretera bajo el marco normativo de la Comunidad Andina: (En el Perú)
- Ser persona jurídica cuyo objeto social es el transporte internacional de mercancías por carretera, constituida en su país de origen conforme a sus normas de sociedades mercantiles o de cooperativas.
- Contar con vehículos de su propiedad, tomados en arrendamiento financiero o de terceros vinculados. (Dichas unidades deberán tener como peso bruto mínimo 10 Toneldas).
- Contar con las pólizas de los vehículos vigentes. (SOAT)
- Contar con la revisión técnica de sus vehículos vigentes.
- La empresa deberá tener como mínimo tres (3) años de antiguedad de constituida; caso contrario, acreditar que la empresa cumple con los criterios de idoneidad para ser un transportista de carga internacional. (Res. 272).
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